FAQ ITV: Preguntas y respuestas frecuentes.
Se me ha caducado la ITV durante el cierre de las estaciones, ¿Cuándo me toca ahora pasar?
original del vehículo del estado de alarma en días naturales
¿ Necesito cita para acudir?
Sí. Se atiende con cita previa para evitar aglomeraciones y esperas prolongadas. Puedes solicitarla a través de nuestra web o por teléfono. Consulta tu ITV más cercana aquí.
Tenía ya reservada una cita y pagada la inspección: ¿Qué pasa con el pago efectuado?
En caso de haber reservado ya una cita para pasar la ITV durante el cierre, se deberá solicitar una nueva y en caso de haber realizado ya el pago de la inspección, éste no tendrá fecha de caducidad.
¿Mi seguro me cubre?
Solo a los vehículos con la ITV caducada durante el estado de alarma. Para más información consultar con la Dirección General de Tráfico y la Dirección General de Seguros respectivamente (disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020). www.dgt.es/es/covid-19/
Estaba pendiente de pasar la segunda inspección antes del cierre ¿qué plazo tengo para pasar ahora?
Debido a que el estado de alarma sigue en vigor, el plazo habitual para pasar una segunda inspección se interrumpe. Dispondrás de los mismos días que tenías antes del comienzo del estado de alarma.
No obstante, te recordamos que durante estos dos meses solo se puede utilizar el vehículo para ir al taller y de allí a la ITV; no se debe circular con el vehículo.
Las ITV han reanudado sus servicios para que los conductores puedan llevar los vehículos a pasar la inspección. El Ministerio de Industria ha concedido una moratoria de mínimo 45 días a los vehículos a los que les caducó la ITV durante el periodo de vigencia del estado de alarma para pasar la ITV sin riesgo de ser multados. Esta moratoria puede variar según en qué semana del estado de alarma venció la inspección del vehículo. Se ha producido unas variaciones en las fechas límite tras la aprobación de una nueva prorroga.
Calendario de nuevas fechas de inspecciones
Fecha de vencimiento Periodo de prórroga al fin Periodo de prórroga original del vehículo del estado de alarma en días naturales
Semana 1: 14 al 20 de marzo 30 días más 15 días adicionales 45 días - 04/08/20
Semana 2: 21 al 27 de marzo 30 días más 2 periodos de 15 días 60 días - 19/08/20
Semana 3: 28 m. al 3 de abril 30 días + 3 periodos de 15 días 75 días - 03/09/20
Semana 4: 4 al 10 de abril 30 días + 4 periodos de 15 días 90 días - 18/09/20
Semana 5: 11 al 17 de abril 30 días + 5 periodos de 15 días 105 días - 03/10/20
Semana 6: 18 al 24 de abril 30 días + 6 periodos de 15 días 120 días - 18/10/20
Semana 7: 25 al 1 de mayo 30 días + 7 periodos de 15 días 135 días - 02/11/20
Semana 8: 2 al 8 de mayo 30 días + 8 periodos de 15 días 150 días - 17/11/20
Semana 9: 9 al 15 de mayo 30 días + 9 periodos de 15 días 165 días - 02/12/20
Semana 10: 16 al 22 de mayo 30 días + 10 periodos de 15 días 180 días - 17/12/20
Semana 11: 23 al 29 de mayo 30 días + 11 periodos de 15 días 195 días - 02/01/21
Semana 12: 30 al 5 de junio 30 días + 12 periodos de 15 días 210 días - 16/01/21
Semana 13: 6 al 12 de junio 30 días + 13 periodos de 15 días 225 días - 31/01/21
Semana 14: 13 al 19 de junio 30 días + 14 periodos de 15 días 240 días - 15/02/21
20 de Junio último día: 30 días + 15 periodos de 15 días 255 días - 02/03/21
Semana n: 30 días + n periodos de 15 días 30 + n x15
Semana 2: 21 al 27 de marzo 30 días más 2 periodos de 15 días 60 días - 19/08/20
Semana 3: 28 m. al 3 de abril 30 días + 3 periodos de 15 días 75 días - 03/09/20
Semana 4: 4 al 10 de abril 30 días + 4 periodos de 15 días 90 días - 18/09/20
Semana 5: 11 al 17 de abril 30 días + 5 periodos de 15 días 105 días - 03/10/20
Semana 6: 18 al 24 de abril 30 días + 6 periodos de 15 días 120 días - 18/10/20
Semana 7: 25 al 1 de mayo 30 días + 7 periodos de 15 días 135 días - 02/11/20
Semana 8: 2 al 8 de mayo 30 días + 8 periodos de 15 días 150 días - 17/11/20
Semana 9: 9 al 15 de mayo 30 días + 9 periodos de 15 días 165 días - 02/12/20
Semana 10: 16 al 22 de mayo 30 días + 10 periodos de 15 días 180 días - 17/12/20
Semana 11: 23 al 29 de mayo 30 días + 11 periodos de 15 días 195 días - 02/01/21
Semana 12: 30 al 5 de junio 30 días + 12 periodos de 15 días 210 días - 16/01/21
Semana 13: 6 al 12 de junio 30 días + 13 periodos de 15 días 225 días - 31/01/21
Semana 14: 13 al 19 de junio 30 días + 14 periodos de 15 días 240 días - 15/02/21
20 de Junio último día: 30 días + 15 periodos de 15 días 255 días - 02/03/21
Semana n: 30 días + n periodos de 15 días 30 + n x15
- Prórroga vehículos agrícolas
- Los anteriores periodos no se aplicarán a la validez de los certificados de inspección técnica periódica de los vehículos agrícolas destinados a labores en el campo, que será prorrogada hasta el 10 de noviembre de 2020
Me caduca justo después del estado de alarma. ¿Tengo algún plazo de moratoria?
Los propietarios de vehículos cuya ITV caduca después del estado de alarma y hasta el 31 de Agosto, disponen de una moratoria de tres meses. No obstante, recomendamos solicitar cita lo antes posible ya que de cara al vencimiento de la próxima ITV se tendrá en cuenta la fecha de la inspección anterior.
Los propietarios de vehículos cuya ITV caduca después del estado de alarma y hasta el 31 de Agosto, disponen de una moratoria de tres meses. No obstante, recomendamos solicitar cita lo antes posible ya que de cara al vencimiento de la próxima ITV se tendrá en cuenta la fecha de la inspección anterior.
¿ Necesito cita para acudir?
Sí. Se atiende con cita previa para evitar aglomeraciones y esperas prolongadas. Puedes solicitarla a través de nuestra web o por teléfono. Consulta tu ITV más cercana aquí.
Tenía ya reservada una cita y pagada la inspección: ¿Qué pasa con el pago efectuado?
En caso de haber reservado ya una cita para pasar la ITV durante el cierre, se deberá solicitar una nueva y en caso de haber realizado ya el pago de la inspección, éste no tendrá fecha de caducidad.
¿Mi seguro me cubre?
Solo a los vehículos con la ITV caducada durante el estado de alarma. Para más información consultar con la Dirección General de Tráfico y la Dirección General de Seguros respectivamente (disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020). www.dgt.es/es/covid-19/
Estaba pendiente de pasar la segunda inspección antes del cierre ¿qué plazo tengo para pasar ahora?
Debido a que el estado de alarma sigue en vigor, el plazo habitual para pasar una segunda inspección se interrumpe. Dispondrás de los mismos días que tenías antes del comienzo del estado de alarma.
No obstante, te recordamos que durante estos dos meses solo se puede utilizar el vehículo para ir al taller y de allí a la ITV; no se debe circular con el vehículo.